
Una visa H-2A es un permiso que le permite a un extranjero entrar a los Estados Unidos y trabajar para un empleador específico durante una temporada determinada. La H-2A únicamente es para la agricultura y, actualmente no existe límite de visas a otorgar en el año.
Existe poca información de esta visa en español, el propósito de está página es guiar a trabajadores interesados a conocer el programa, sus derechos y evitar fraude.
Para conseguir una visa H-2A, tiene que ser elegido por un patrón certificado y luego ser aprobado por el consulado estadounidense para recibir la visa. Usted no puede solicitar una cita directamente en el consulado. Fuente: USCIS
Importante: Esta página NO proporciona información de H-2B.
La visa H-2B es un permiso de trabajo temporal NO AGRÍCOLA para solicitantes que vienen a los Estados Unidos.
Actualmente, existe un límite de H-2B, lo cual se ha fijado en 66.000 por año. Una vez que se ha emitido ese número de visas, no hay más puestos disponibles. Algunos ejemplos de industrias no agrícolas incluyen: Jardinería, Construcción, Limpieza, y carne, aves y pescado. Fuente: Consultores de H-2A
No, las citas H-2A únicamente pueden ser solicitadas por un patrón certificado, o un agente intermediario (Agente H-2A / Reclutador) certificado.
Tengan precaución, por qué existen estafadores que pretenden ser reclutadores o patrones, con la intención de robar dinero de gente que busca oportunidades de trabajo H-2A.
La forma más fácil y rápida de hacer esto es pedir que alguien te recomiende con su patrón actual. Fuente: Consultores de H-2A
La mayoría de los gastos asociados con el programa H-2A son cubiertos por el patrón. Ya sea por adelantado o por medio de reembolsos.
Los ÚNICOS costos involucrados en obtener la visa H-2A son los siguientes:
1. El costo de obtener un pasaporte mexicano, es pagado directamente a la Secretaría de Relaciones Exteriores de México. NO ES REEMBOLSABLE.
2. El costo de obtener una entrevista de no inmigrante, pagado directamente al Consulado Estadunidense, reembolsado por el patrón a más tardar cuando el solicitante completa 50% de la duración del contrato de trabajo.
3. El costo de transporte y alimentos en el traslado de su ciudad de origen al sitio de trabajo, reembolsado por el patrón a más tardar cuando el solicitante completa 50% de la duración del contrato de trabajo.
4. El costo del permiso I-94, pagado directamente a CBP (Customs and Border Patrol) , reembolsado por el patrón a más tardar cuando el solicitante completa 50% de la duración del contrato de trabajo. Fuente: Varias
Los empleadores, por ley, están obligados a reembolsar a los trabajadores todos los gastos de viaje de origen al sitio de trabajo, incluido el transporte, la alimentación diaria de $12.86 por día o hasta $55 dólares por día con recibos y alojamiento durante el proceso de cita consular. También deben reembolsar la tarifa I-94, que es de $6. El I-94 es un documento que la Aduana y la Patrulla Fronteriza utilizan para rastrear su llegada y salida en los EE. UU. Definitivamente debería devolver esta tarjeta cuando regrese a casa. El empleador también es responsable de reembolsar el derecho a visa, que es de $190. Es posible que deba pagar esta tarifa por adelantado o no. A veces, los empleadores hacen arreglos para pagar esta tarifa en su nombre.
La mayoría de los empleadores reembolsará a los trabajadores los gastos de viaje, las dietas y el alojamiento cuando lleguen los trabajadores. Esta es la mejor práctica para el empleador, ya que los trabajadores no ganarán un cheque de pago durante al menos una semana y necesitan dinero para comprar alimentos. Sin embargo, técnicamente, y el empleador no tiene que reembolsar hasta que el trabajador cumpla con el 50% del contrato. Fuente: Consultores de H-2A
No. Desafortunadamente, estos costos no se van a reembolsar. El costo de la entrevista es un pago al consulado para la entrevista, no importa cuál sea el resultado.
Los patrones solo tienen la obligación de reembolsar a trabajadores que se presenten a trabajar. Si te niegan la visa, no te reembolsará por gastos incurridos.
Por esto, es importante revisar si es candidato para una visa previo a buscar patrones. Fuente: Consultores de H-2A
No, la visa que le dan le autoriza a trabajar solamente en la empresa que le patrocinó y solamente en el trabajo específico por el cual se le contrató. Por eso viene el nombre del patrón en la visa.
El cambiar a otro trabajo sin permiso sería una violación de los términos de la visa y podría causar que le nieguen una visa en el futuro.
Hay una excepción a esto. Existe una forma de cambiar trabajos legalmente, pero es un trámite que solo puede hacer el nuevo patrón, es complicado y pocas veces se acepta.
¡Si! No está obligado a regresar al mismo empleador en los años siguientes si decide continuar en el programa H-2A. Eres libre de buscar otras oportunidades. Sin embargo, los trabajadores y los empleadores a menudo establecen relaciones laborales buenas y duraderas, donde los trabajadores regresan de manera segura año tras año. Fuente: Páginas de patrones
Si, para la H-2A. Los consulados en Tijuana y Monterrey prefieren que los candidatos sean aquellos que tuvieron visas H-2A recientemente (4 años o menos) o que sean nuevos.
Esto se debe a que los nuevos normalmente tienen récord migratorio limpio, entonces no ocupan entrevista presencial. Fuente: Consulado Americano en Monterrey
Sí, el programa H-2A se hizo por el gobierno americano para atraer trabajadores calificados a los campos en Estados Unidos. Esta visa es DIFERENTE a la que se usa para trabajar en Canadá. Fuente: USCIS